Las presentes condiciones de Afiliados se suscriben entre Hadoq IT, S.L. (en adelante, “HIT CLOSER”), con domicilio social en Glorieta de Quevedo 8, 7º izq, 28015 Madrid, teléfono 918050382 ,y CIF B-34267021, y la persona física o jurídica que ha cumplimentado el formulario de afiliación, (en adelante, el “Afiliado”), con los datos exigidos, que declara conocer y aceptar libremente, tras informarse del programa de afiliados (el “Programa de Afiliados”) y su funcionamiento, el presente Contrato.
Las presentes Condiciones tienen como objeto la regularización de las condiciones en las que el Afiliado colaborará con HIT CLOSER para el desarrollo de la comercialización de los servicios de HIT CLOSER. Concretamente, la labor del Afiliado consistirá en la difusión de la URL que le proporcione HIT CLOSER y/o banners para su inserción en Webs, RRSS, Blogs, etc. a fin de promocionar y comercializar los servicios ofrecidos por HIT CLOSER. Ambos medios permiten a HIT CLOSER determinar que un determinado cliente que haga click en los mismos corresponde a un determinado Afiliado.
Tras la cumplimentación del formulario para adherirse al Programa de Afiliados, HIT CLOSER se pondrá en contacto con el Afiliado antes del alta definitiva. El Contrato quedará perfeccionado en el momento que HIT CLOSER confirme vía email la aceptación de alta en el Programa de Afiliados, momento en el cual se dará acceso al área de Afiliado en la que se encuentran disponibles los referidos códigos y dirección URL.
Para acceder al Programa de Afiliados será requisito imprescindible tener contratado un plan de hosting en HIT CLOSER.
El Afiliado recibirá una retribución variable consistente en una comisión sobre el ingreso neto que facture HIT CLOSER por cada venta de servicios, a clientes que atribuibles directamente a la acción comercial del Afiliado, esto es, que hayan accedido y contratado con HIT CLOSER al pinchar la URL o banner difundido por Afiliado (el “Cliente del Afiliado”). La comisión se generará también por las sucesivas renovaciones del servicio por parte de los Clientes del Afiliado, con un límite de un (1) año, momento a partir del cual dejarán de generarse comisiones.
El importe de la comisión será calculada por HIT CLOSER sobre el importe neto del servicio contratado por el Cliente del Afiliado y será cargada en el monedero virtual del Afiliado. El Afiliado declara conocer que, dada la posibilidad de baja del servicio por parte de los clientes durante los primeros 30 días del servicio, la comisión solo se generara una vez transcurrido 60 días, si el Cliente del Afiliado no hubiera solicitado la baja en el periodo referido y la contratación se hubiera hecho efectiva.
Las comisiones se irán cargando en el monedero virtual. La extracción de los fondos por parte del Afiliado puede realizarse en cualquier momento, siempre y cuando haya fondos por valor superior a 25 euros. No podrán extraerse aquellos fondos acreditados erróneamente al monedero del Afiliado. HIT CLOSER se reserva el derecho a anular cualquier transacción relacionada con dichos fondos y/o retirar la cantidad en cuestión de monedero y/o revertir la transacción, en ese momento o retrospectivamente.
Las Partes acuerdan que la comisión incluye los conceptos de compensación de todo el fondo de comercio y/o clientela generada durante la vigencia del Contrato de modo que el Afiliado renuncia expresamente a cualquier reclamación adicional por este concepto.
El Afiliado se obliga a actuar lealmente con HIT CLOSER y respetar y actuar lealmente con otros afiliados designados por HIT CLOSER. Se prohíbe terminantemente la inserción de los banners en webs de contenidos o propaganda de carácter racista, xenófobo, pornográfico, de apología del terrorismo o que atenten contra los derechos humanos o las leyes.
El presente Contrato continuará en vigor hasta que alguna de las partes decida dar de baja el Programa de Afiliado, mediante comunicación dirigida a la otra parte mediante los medios habilitados en cada momento. Igualmente, el presente Contrato terminará automáticamente cuando dejen de cumplirse los requisitos indicados en el apartado 4 de estas Condiciones, así como cuando concurra cualquier otra causa de terminación indicada en las presentes condiciones, las Condiciones Generales del Servicio de Hosting Compartido o en las Condiciones Generales del Servicio de Registro de Dominios. La terminación del Contrato, no generarán en favor del Afiliado ninguna compensación, indemnización o devolución.
Terminado el presente Contrato por causa no imputable Afiliado, HIT CLOSER abonará el importe de comisión que se hubiera acumulado a la fecha de terminación.
El Afiliado será el único responsable de aplicar las retenciones que legalmente puedan corresponder, sin que en ningún modo pueda incrementarse el precio de las comisiones por razón de la fiscalidad aplicable.
HIT CLOSER en ningún caso será responsable frente al Afiliado por daños indirectos, inmateriales, lucro cesante, pérdida de ingresos, beneficios o fondo de comercio, aunque haya sido avisado de la posibilidad de que se produzcan dichos daños.
La ley aplicable al Contrato será la Ley española. En caso de controversia, las Partes con renuncia expresa a su propio fuero, se someten expresamente a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales de Madrid Capital.